Les informamos que desde 2011 el SENIAT tiene habilitado 16 instituciones bancarias para que todos los contribuyentes puedan realizar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) correspondiente al ejercicio fiscal del año que precede.
Los pagos deben efectuarse unicamente a través de estos bancos:
Para declarar
Están obligados a declarar exclusivamente de manera electrónica, a través de la página web del SENIAT www.seniat.gob.ve, todas las Personas Jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, los funcionarios públicos y trabajadores al servicio de los órganos y entes públicos nacionales, estadales y municipales.
Las Personas Naturales calificadas como sujetos pasivos especiales por el SENIAT y toda persona natural cuya determinación no arroje impuesto a pagar, es decir tenga pago cero. También, de manera opcional, toda persona natural que registre pago de este impuesto, puede efectuarlo por vía electrónica.
Para facilitar todo el proceso de la declaración y pago del ISLR, el SENIAT mantiene activo un servicio permanente de orientación telefónica a través de la línea 08000 SENIAT (0 8000 736428) en horario comprendido de 7 de la mañana a 7 de la noche, así como el correo electrónico asiste@seniat.gob.ve, canales mediante los cuales los funcionarios adscritos a la Oficina de Relaciones Institucionales del ente recaudador, están preparados para aclarar las dudas que se presenten durante el cumplimiento del pago del ISLR.
- Sea por vía electrónica para las declaraciones por Internet si mantienen cuentas asociadas
- Sea a través de las taquillas bancarias:
- el contribuyente ordinario debe imprimir del sistema tres ejemplares de la planilla de pago.
- los contribuyentes especiales deben imprimir del sistema tres ejemplares de la planilla de pago.
- los contribuyentes que declaren manualmente, presentando la planilla de declaración DPN 25, en caso de la primera y única porción, o presentando la Forma 02 para la segunda y tercera porción.
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